La "capellanía" o "beneficio eclesiástico" es una "institución hecha con autoridad de Juez Ordinario y fundación de rentas competente con obligación de Misas y algunas con asistencia a la Horas Canónicas. Las hay colativas, perpetuas y otras "ad nutum" amovibles. "
El capellán servía la capellanía levantando las cargas, como la celebración de matrimonios, número de misas en fiestas particulares, otra institución benéfica, e incluso, prestando su trabajo religioso al servicio de personajes de la Nobleza....