Los "fueros locales", "fueros municipales" o, "fueros" eran los estatutos jurídicos aplicables en una determinada localidad cuya finalidad era, en general, regular la vida local, estableciendo un conjunto de normas, derechos y privilegios, otorgados por el rey, el señor de la tierra o el propio consejo....
[07:14] La representación por los habitantes de la Villa de la "entrega del Fuero" para tener mercado por Alfonso I el Batallador. Fue el primer fuero que se concedió en España para este menester.· 24.10.2011 15:10